Giuristi: Revista de Derecho Corporativo
© Universidad ESAN, Lima, Perú
ISSN 2708-9894
https://doi.org/10.46631/Giuristi.2026.v7n13.07
Jaqueline Karina Sáenz Sánchez
Universidad Autónoma del Perú, Lima, Perú
Orcid: https://orcid.org/0009-0005-5319-42614261
Milagros Carolina Villalobos Aliaga
Universidad Autónoma del Perú, Lima, Perú
Orcid: https://orcid.org/0009-0006-4722-45994599
Erick Daniel Vildoso Cabrera
Universidad Autónoma del Perú, Lima, Perú
Orcid: https://orcid.org/0000-0002-0803-9415
Fecha de recepción: 07/12/2025
Fecha de aceptación: 18/03/2026
Resumen
El derecho corporativo como fuente de corrupción política se analiza desde la perspectiva del derecho penal, con especial atención al caso Odebrecht y a otros escándalos registrados en distintos contextos internacionales. La corrupción corporativa, lejos de constituir una conducta aislada, se configura como un fenómeno estructural en el que las empresas emplean mecanismos contractuales y financieros para distorsionar las relaciones entre el poder po-lítico y el económico. En este contexto, se examinan los mecanismos que afectan la transparencia democrática, las deficiencias normativas que favorecen la impunidad de las corporaciones y las respuestas que ofrece el derecho penal contemporáneo, con el propósito de fortalecer la responsabilidad de las personas jurídicas. La investigación adopta un enfoque cualitativo de tipo documental, sustentado en la revisión crítica de literatura académica, informes judiciales, tratados internacionales y estudios de caso sobre Odebrecht en América Latina, Siemens en Europa y Enron en Estados Unidos. El análisis permite comprender el carácter transversal del fenómeno y su incidencia en los sistemas políticos y jurídicos. En ese sentido, se sostiene que el derecho penal debe consolidarse como un instrumento más eficaz para prevenir y sancionar la corrupción corporativa a escala global, a fin de garantizar la vigencia del Estado de Derecho.
Palabras clave: corrupción corporativa, responsabilidad empresarial, derecho penal, corrupción política.
Abstract
Corporate law as a source of political corruption is examined from a criminal law perspective, with particular attention to the Odebrecht case and other scandals reported in different international contexts. Far from constituting isolated misconduct, corporate corruption emerges as a structural phenomenon in which companies employ contractual and financial mechanisms to distort the relationship between political and economic power. In this context, the mechanisms affecting democratic transparency, the regulatory deficiencies that foster corporate impunity, and the responses offered by contemporary criminal law are analyzed with a view to strengthening corporate liability. This study adopts a qualitative documentary approach based on a critical review of academic literature, judicial reports, international instruments, and case studies on Odebrecht in Latin America, Siemens in Europe, and Enron in the United States. The analysis highlights the cross-cutting nature of the phenomenon and its impact on political and legal systems. In this regard, criminal law is considered a more effective instrument for preventing and punishing corporate corruption on a global scale, thereby safeguarding the rule of law.
Keywords: corporate corruption, corporate liability, criminal law, political corruption.
Resumo
Analisase o direito corporativo como fonte de corrupção política sob a perspectiva do direito penal, com especial atenção ao caso Odebrecht e a outros escândalos registrados em diferentes contextos internacionais. Longe de constituir uma conduta isolada, a corrupção corporativa configurase como um fenômeno estrutural em que as empresas utilizam mecanismos contratuais e financeiros para distorcer as relações entre o poder político e o econômico. Nesse contexto, examinamse os mecanismos que afetam a transparência democrática, as deficiências normativas que favorecem a impunidade das corporações e as respostas oferecidas pelo direito penal contemporâneo, com vistas ao fortalecimento da responsabilidade das pessoas jurídicas. A pesquisa adota uma abordagem qualitativa de caráter documental, fundamentada na revisão crítica da literatura acadêmica, de relatórios judiciais, de instrumentos internacionais e de estudos de caso sobre a Odebrecht na América Latina, a Siemens na Europa e a Enron nos Estados Unidos. A análise permite compreender o caráter transversal do fenômeno e sua incidência nos sistemas políticos e jurídicos. Nesse sentido, sustentase que o direito penal deve consolidarse como um instrumento mais eficaz para prevenir e sancionar a corrupção corporativa em escala global, a fim de garantir a vigência do Estado de Direito.
Palavras-chave: corrupção corporativa, responsabilidade empresarial, direito penal, corrupção política.
La corrupción corporativa ha dejado de ser un fenómeno marginal para convertirse en una de las principales amenazas para la gobernanza democrática. Este tipo de prácticas no solo afecta los recursos públicos, sino que también erosiona la legitimidad de las instituciones políticas y genera desconfianza ciudadana hacia los sistemas de justicia. Su estudio reviste importancia tanto académica como social, pues aporta elementos para evaluar la eficacia del derecho penal frente a delitos complejos y pone de relieve la necesidad de fortalecer los sistemas democráticos frente a intereses corporativos capaces de capturar el poder público.
El caso Odebrecht constituye un ejemplo paradigmático de cómo una corporación multinacional diseñó un entramado de sobornos y contratos ilegales que se extendió a varios países de América Latina, lo que evidenció la dimensión transnacional del problema[1]. El alcance de este escándalo demuestra que la corrupción corporativa no surge de manera aislada, sino como parte de estructuras sistemáticas en las que confluyen actores públicos y privados[2]. En una perspectiva histórica, estos sucesos se inscriben en una serie de episodios que han marcado la agenda global, entre ellos el fraude contable de Enron en Estados Unidos, los sobornos internacionales de Siemens en Alemania y las redes de influencia de empresas constructoras en México. Estos antecedentes permiten apreciar la evolución del fenómeno y su persistencia en la actualidad. En este contexto, el derecho penal enfrenta serias dificultades para sancionar estas prácticas, dado que los marcos normativos sobre responsabilidad empresarial suelen ser débiles o fragmentarios. En países latinoamericanos, la ausencia de tipificaciones claras y la limitada implementación de programas de cumplimiento empresarial han permitido que numerosas corporaciones evadan sanciones significativas[3]. Asimismo, estudios comparados muestran que, aun cuando las legislaciones reconocen la responsabilidad penal de las personas jurídicas, su aplicación práctica resulta ineficiente, pues se privilegia la sanción individual en detrimento del análisis de las estructuras organizacionales corruptas[4]. De ahí que una de las principales controversias doctrinales radique en determinar hasta qué punto las corporaciones deben responder penalmente como sujetos autónomos y no únicamente a través de sus representantes.
La literatura especializada destaca que la corrupción empresarial opera como una forma de «captura del Estado», en la que los intereses corporativos desplazan la función pública hacia fines privados[5]. Así ocurrió con Odebrecht, que no actuó únicamente como agente corruptor, sino como parte de una red político-económica orientada a asegurar beneficios extraordinarios mediante contratos de obra pública. De manera similar, Siemens protagonizó prácticas de soborno internacional y Enron evidenció cómo la manipulación financiera puede desencadenar efectos devastadores en la economía global[6]. Estos casos confirman que la corrupción corporativa constituye un fenómeno de alcance mundial y no circunscrito a una región específica.
La complejidad del problema exige un enfoque integral que articule el derecho corporativo con el derecho penal. En consecuencia, no basta con sancionar a las personas naturales involucradas, sino que resulta indispensable exigir responsabilidad a las personas jurídicas. En varios países europeos se han desarrollado mecanismos avanzados de compliance corporativo y responsabilidad penal empresarial; sin embargo, su incorporación en América Latina ha sido desigual y, en algunos casos, meramente formal[7]. Esta brecha normativa favorece escenarios de impunidad que afectan la transparencia democrática y propician la consolidación de redes de corrupción. A ello se suma el debate entre quienes sostienen la conveniencia de trasladar modelos europeos de cumplimiento y quienes cuestionan su viabilidad en contextos institucionales más frágiles.
A partir de estas consideraciones, se analiza la forma en que las prácticas corporativas ilícitas favorecen la corrupción política y las respuestas que ofrece el derecho penal contemporáneo. Asimismo, se examinan los mecanismos que afectan la transparencia democrática, las deficiencias normativas que favorecen la impunidad y los alcances de un marco comparado de responsabilidad penal empresarial. Para ello, se adopta una metodología cualitativa de tipo documental, sustentada en la revisión crítica de literatura académica especializada, informes judiciales e instrumentos internacionales.
En suma, la corrupción corporativa debe entenderse como un problema estructural de alcance internacional, en el que convergen intereses políticos, económicos y jurídicos. Frente a ello, el derecho penal tiene la obligación de configurarse como un instrumento eficaz para prevenir, sancionar y disuadir la reproducción de esquemas de corrupción corporativa a gran escala. El desafío trasciende el ámbito normativo y exige la construcción de sistemas de justicia sólidos y autónomos, así como marcos regulatorios capaces de impedir que las corporaciones actúen con impunidad en el escenario global.
La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo de tipo documental, adecuado para examinar la relación entre la corrupción corporativa y el derecho penal desde una perspectiva comparada. Este enfoque permite identificar patrones, tensiones y vacíos normativos a partir del análisis crítico de literatura especializada y documentos institucionales, sin recurrir a técnicas cuantitativas. Su adopción responde a la necesidad de analizar cómo las prácticas corporativas pueden incidir en la corrupción política y las respuestas que ofrece el derecho penal contemporáneo.
La búsqueda de información se realizó en las bases de datos Scopus, Web of Science, Redalyc y SciELO, seleccionadas por su cobertura en las ciencias sociales y jurídicas. Para ello, se emplearon términos en español e inglés, como corrupción corporativa, responsabilidad penal empresarial, corporate corruption, corporate criminal liability, derecho penal y corrupción política. Asimismo, se incorporaron informes de organismos internacionales, entre ellos la OCDE, la ONU y el Banco Mundial, dado que sus reportes constituyen referentes en el monitoreo y análisis de prácticas de corrupción transnacional[8], así como estudios de caso e informes judiciales vinculados con Odebrecht, Siemens y Enron.
La selección de las fuentes respondió a criterios de actualidad, relevancia temática, calidad metodológica y contribución analítica, con especial atención a los trabajos revisados por pares o elaborados por organismos reconocidos, así como estudios que ofrecieran propuestas normativas o discusiones críticas en torno a la responsabilidad penal empresarial[9].
Este criterio de selección se sustenta en la recomendación de Kitchenham y Charters[10], quienes destacan que la transparencia en la selección de estudios es un requisito esencial en las revisiones sistemáticas para reducir sesgos y fortalecer la validez de los hallazgos.
La sistematización de la información permitió identificar las principales categorías de análisis, los hallazgos más relevantes, los vacíos detectados y sus implicancias, tal como se presenta en la tabla 1.
Este proceso se desarrolló conforme a estándares de rigor metodológico propios de las investigaciones jurídicas y sociales[11]. El análisis comparado de las experiencias de América Latina, Europa y Estados Unidos permitió construir una visión crítica sobre el papel del derecho penal frente a la corrupción corporativa, así como formular propuestas orientadas al fortalecimiento de los mecanismos de prevención y sanción.
| Tabla 1. Matriz de sistematización de los principales hallazgos de la literatura revisada | |||
| Categoría | Principales hallazgos | Vacíos identificados | Implicancias |
| Sobornos corporativos | Los casos Odebrecht y Siemens muestran el carácter sistemático de los sobornos transnacionales. | Escasa medición empírica del impacto económico real. | Reforzar cooperación internacional para el rastreo de flujos ilícitos. |
| Responsabilidad penal de las personas jurídicas | En Europa existen sanciones directas a corporaciones; en América Latina predomina la sanción individual. | Poca evidencia sobre efectividad de sanciones en empresas. | Necesidad de armonización normativa internacional. |
| Cabildeo y captura institucional | El cabildeo influye en los procesos legislativos, vínculos legales e ilegales. | Poca delimitación entre cabildeo legítimo e ilegal. | Regular la transparencia de la incidencia política empresarial. |
| Convenciones internacionales | La Convención OCDE contra el cohecho es clave, pero su cumplimiento es desigual. | Evaluación limitada de eficacia de los mecanismos de monitoreo. | Urge fortalecer los sistemas de verifi-cación y sanción. |
| Nota: Elaboración propia de los autores. | |||
La corrupción corporativa constituye un fenómeno complejo y de carácter transnacional que afecta de manera directa la gobernanza democrática y la estabilidad institucional. Casos como Odebrecht, Siemens y Enron son paradigmáticos para comprender cómo las corporaciones diseñan redes sofisticadas de sobornos, manipulación contable y cabildeo político[12]. Estos antecedentes muestran que no se trata de hechos aislados, sino de dinámicas sistemáticas que se reproducen en distintos contextos.
Los estudios revisados ponen de relieve la utilización de sobornos y financiamiento irregular como mecanismos de captura institucional, las debilidades de los marcos de responsabilidad penal empresarial, la influencia del cabildeo en los procesos legislativos y la necesidad de fortalecer la cooperación internacional frente a este fenómeno. Estas dimensiones representan los aspectos más estudiados en la literatura y evidencian desafíos aún pendientes.
La revisión de los artículos muestra que los mecanismos de soborno han sido el principal hilo conductor de la corrupción corporativa. El caso Odebrecht se extendió a más de una docena de países en América Latina, lo que evidenció la vulnerabilidad de sistemas políticos frágiles[13]. En contraste, Siemens en Europa expuso cómo incluso instituciones sólidas pueden verse comprometidas. Ambos casos permiten observar que el soborno corporativo genera un círculo vicioso de impunidad que afecta la transparencia y la confianza ciudadana.
Otra categoría central es la responsabilidad penal de las personas jurídicas. En Europa se ha desarrollado un marco robusto de sanciones a corporaciones corruptoras, lo que ha permitido avanzar en la prevención y disuasión[14]. Sin embargo, en América Latina predomina una visión fragmentaria, donde las sanciones recaen principalmente en individuos más que en las estructuras empresariales[15]. Este contraste muestra que la eficacia del derecho penal depende en gran medida del diseño institucional y del compromiso político de cada país.
Los estudios comparados muestran diferencias significativas entre regiones. Mientras los análisis europeos resaltan la utilidad del compliance corporativo como herramienta de control, en América Latina la literatura advierte que tales mecanismos suelen ser implementados de forma simbólica o meramente formal[16]. Esta diferencia evidencia que no basta con importar modelos normativos, sino que se requiere adaptarlos a la realidad social, política y jurídica de cada región.
En Estados Unidos, el colapso de Enron marcó un punto de inflexión en la discusión sobre corrupción empresarial. Funcas señala que el caso impulsó reformas estrictas en materia contable[17], mientras Galarza destaca la dimensión política del escándalo[18]. El análisis comparado revela que, aunque en Norteamérica la regulación avanzó tras la crisis, en América Latina escándalos similares no generaron respuestas normativas equivalentes, lo que profundizó la impunidad estructural.
La literatura también muestra que el cabildeo corporativo constituye una forma sofisticada de influencia política. El Instituto Electoral del Estado de Jalisco documenta cómo en México los grupos de presión inciden directamente en procesos legislativos, rozando los límites de la legalidad[19]. Este hallazgo coincide con estudios que sostienen que el cabildeo desregulado favorece la captura del Estado y consolida redes de poder entre élites políticas y empresariales[20].
Existe un amplio consenso en torno a que la corrupción corporativa erosiona la legitimidad democrática[21]. Sin embargo, persisten discrepancias respecto al alcance de la responsabilidad penal empresarial: mientras algunos autores sostienen que esta debe aplicarse de forma directa a las corporaciones[22], otros consideran que las sanciones deben recaer principalmente en individuos[23]. Esta divergencia pone de manifiesto una discusión doctrinal aún abierta.
La corrupción corporativa también produce efectos sociales y económicos significativos. Miranda muestra cómo en Colombia los escándalos de soborno redujeron la confianza ciudadana y debilitaron la legitimidad del Estado[24]. Del mismo modo, Transparency International documenta que el incumplimiento de convenciones internacionales debilita la cooperación judicial[25]. Estos hallazgos sugieren que el problema trasciende el ámbito económico y afecta directamente la cohesión social y política.
El análisis también pone de manifiesto algunas limitaciones en la literatura especializada. A pesar de la abundancia de estudios sobre casos emblemáticos, existe escasa evidencia empírica acerca de la efectividad real de las sanciones impuestas a las corporaciones corruptoras y son todavía reducidos los estudios comparativos entre países. Del mismo modo, la relación entre corrupción corporativa y nuevas tecnologías, así como la eficacia de las sanciones alternativas a la disolución empresarial, continúan siendo ámbitos insuficientemente explorados. Asimismo, persisten interrogantes acerca de la capacidad de los organismos multilaterales para garantizar un cumplimiento uniforme de las normas contra el soborno transnacional[26].
La comunidad internacional también ha impulsado diversos mecanismos para enfrentar este fenómeno. Entre ellos, la Convención de la OCDE contra el cohecho es uno de los instrumentos más relevantes, aunque su implementación ha sido irregular[27]. Esta constatación coincide con Ferré-Sánchez, quien afirma que los marcos internacionales resultan insuficientes si no se articulan con políticas nacionales sólidas[28].
La revisión evidencia un amplio consenso en torno a la necesidad de imponer sanciones severas —como la prohibición de contratar con el Estado o la disolución empresarial— para combatir la impunidad[29]. Sin embargo, los estudios muestran que la implementación práctica de estas medidas es limitada, lo que reduce su potencial disuasorio y perpetúa las redes de corrupción. A nivel comparado, la corrupción corporativa se manifiesta en sectores estratégicos como la energía, la construcción y la tecnología. Ferré-Sánchez advierte que estas prácticas afectan la competitividad global[30], mientras que Silva Gar-cía y Pérez-Salazar destacan la captura institucional como una de las consecuencias más graves[31]. Esta coincidencia refuerza la idea de que la corrupción corporativa es un fenómeno transversal y multidimensional.
En conjunto, los estudios revisados muestran que la corrupción corporativa es un problema global, estructural y persistente, cuya respuesta exige no solo sanciones legales más severas, sino también el fortalecimiento cultural e institucional. En este contexto, el derecho penal, en articulación con el derecho corporativo, constituye un eje esencial para enfrentar este desafío, aunque persisten vacíos que exigen investigaciones comparadas e interdisciplinarias.
La revisión muestra que la corrupción corporativa no es un fenómeno aislado, sino un entramado estructural que trasciende fronteras y debilita tanto la economía como la democracia. Los casos de Odebrecht, Siemens y Enron reflejan patrones comunes de soborno y colusión, aunque con particularidades asociadas al contexto político y normativo en el que se desarrollaron.
Uno de los aspectos más relevantes fue la identificación de patrones comunes en la literatura revisada, en los que las empresas utilizan su poder económico para influir en políticas públicas, erosionar la legitimidad estatal y beneficiarse de contratos irregulares. Estos hallazgos son coherentes con los aportes de Ferré-Sánchez y Miranda, quienes sostienen que la corrupción corporativa genera un impacto devastador no solo en el ámbito económico, sino también en los planos social y cultural[32]. Lo anterior pone de manifiesto que el problema no se limita a prácticas ilegales puntuales, sino que constituye una forma sofisticada de captura del Estado.
Sin embargo, también se identificaron divergencias y contradicciones en los estudios revisados. Mientras que en Europa se ha reforzado la responsabilidad penal de las personas jurídicas con mecanismos de compliance más efectivos, en América Latina aún predominan sistemas normativos débiles y fragmentados. González Cussac resalta avances en España y Alemania[33], mientras que Song muestra que en Latinoamérica persiste la vulnerabilidad institucional[34]. Estas diferencias obedecen, entre otros factores, al grado de consolidación democrática, el nivel de independencia judicial y la presión de la sociedad civil.
La discusión permite también destacar los aportes más novedosos de la literatura revisada. Entre ellos, sobresale el enfoque comparado sobre responsabilidad penal empresarial y la necesidad de sanciones más severas, como la disolución corporativa o la prohibición de contratar con el Estado. Este enfoque desplaza el énfasis de la sanción individual hacia la responsabilidad estructural, al reconocer a la corporación como un actor con capacidad para participar en estructuras delictivas complejas. Este cambio de paradigma representa un avance sustantivo en la teoría y práctica del derecho penal contemporáneo.
No obstante, persisten limitaciones y vacíos en el conocimiento actual. La revisión identificó que aún existe escasa literatura sobre la efectividad real de los programas de compliance en países latinoamericanos y sobre el papel de los organismos multilaterales en la supervisión y sanción de estas prácticas. Además, Transparency International ya advertía sobre la baja implementación de la Convención de la OCDE contra el Cohecho, una situación que evidencia las dificultades para consolidar la cooperación internacional en la materia[35].
En el plano de las implicancias prácticas, los hallazgos sugieren la necesidad de reforzar no solo la legislación, sino también los mecanismos de fiscalización y la independencia de los órganos de control. Ello implica fortalecer las capacidades de los sistemas judiciales para enfrentar la corrupción transnacional y evitar escenarios de impunidad. Desde una perspectiva teórica, la revisión contribuye a consolidar un marco conceptual que entiende la corrupción corporativa como un fenómeno multidimensional, en el que convergen factores jurídicos, económicos y políticos. Esta aproximación supera los enfoques fragmentados y permite examinar las relaciones entre empresas, instituciones estatales y organismos internacionales en la configuración de redes de corrupción.
Persisten, no obstante, varios ámbitos que requieren una mayor profundización, entre ellos la eficacia de las sanciones penales a las personas jurídicas, el impacto real de los programas de compliance y las estrategias de cooperación judicial internacional. Asimismo, son necesarios estudios comparados más amplios entre países del norte y del sur global que permitan comprender cómo las diferencias institucionales influyen en la propagación o contención de la corrupción corporativa.
Aunque se han producido avances normativos y doctrinales, persisten importantes limitaciones en su aplicación práctica. Reconocer estas limitaciones no supone un retroceso, sino una oportunidad para fortalecer los marcos regulatorios y profundizar las investigaciones futuras. En suma, la corrupción corporativa constituye un desafío global cuya respuesta exige un derecho penal fortalecido, una cooperación internacional más efectiva y una cultura institucional orientada hacia la transparencia.
La revisión confirma que la corrupción corporativa constituye un fenómeno estructural y transnacional que afecta tanto a economías desarrolladas como a economías emergentes. Los casos de Odebrecht, Siemens y Enron muestran que las prácticas ilícitas empresariales no solo comprometen los recursos públicos, sino que también erosionan la legitimidad de los sistemas democráticos. Asimismo, la literatura especializada pone de manifiesto que la ausencia de marcos regulatorios sólidos favorece escenarios de impunidad y la consolidación de redes de soborno y colusión a gran escala.
En el plano teórico, los resultados reafirman la necesidad de abordar la corrupción corporativa desde un enfoque multidimensional, que articule elementos jurídicos, económicos y políticos. En el plano práctico, los hallazgos evidencian la importancia de fortalecer los mecanismos de responsabilidad penal empresarial mediante sanciones efectivas que trasciendan las multas e incorporen medidas como la disolución corporativa o la prohibición de contratar con el Estado. Del mismo modo, resulta indispensable reforzar los sistemas de control, la independencia judicial y los mecanismos de cooperación internacional para garantizar una respuesta más eficaz frente a este fenómeno.
Entre las limitaciones del estudio se encuentran los posibles sesgos derivados de la selección de fuentes, la concentración de la literatura en determinados contextos geográficos y la escasez de evidencia empírica sobre la efectividad de los programas de compliance en regiones específicas. Aunque estos factores restringen el alcance de los hallazgos, no afectan la consistencia de los patrones identificados. En este sentido, resulta pertinente profundizar en estudios empíricos comparados sobre la eficacia de las sanciones penales aplicadas a las personas jurídicas, así como en el papel que desempeñan los organismos multilaterales en la supervisión de las prácticas corporativas ilícitas y en el impacto social y político de los programas de compliance.
En definitiva, la corrupción corporativa constituye un desafío global cuya respuesta exige una articulación más estrecha entre el derecho penal y el derecho corporativo, el fortalecimiento de los mecanismos de cooperación internacional y la adopción de medidas eficaces frente a las personas jurídicas. La complejidad del fenómeno demanda, además, marcos normativos e institucionales capaces de hacer frente a las nuevas formas de corrupción en un entorno cada vez más interdependiente.
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Los autores no presentan conflicto de intereses.
Autofinanciado
Jaqueline Karina Sáenz Sánchez es bachiller en Derecho. Ha sido asistente de cátedra en los cursos de Derecho Penal General, Derecho Penal Especial y Derecho Empresarial en la Universidad Autónoma del Perú.
Milagros Carolina Villalobos Aliaga es bachiller en Derecho. Ha sido asistente de cátedra en los cursos de Derecho Penal General, Derecho Corporativo y Derecho Empresarial en la Universidad Autónoma del Perú.
Erick Daniel Vildoso Cabrera es doctor en Derecho y Ciencia Política. Posdoctor en Ciencias de la Educación. Investigador calificado Renacyt-Concytec. Profesor en la Universidad Autónoma del Perú.